Aprobados por decreto de Alcaldía número 98, de 3 de marzo de 2017, los padrones fiscales de los siguientes tributos: — "IBI rústica", — "IBI urbana por objeto tributario y por orden alfabético de sujetos pasivos" Se exponen al público por plazo de quince días al objeto de formulación de reclamaciones por los interesados.


Documentos Adjuntos